La instrumentalización del cumplimiento de la pena de prisión

Autores/as

  • Vicenta Cervelló Donderis Catedrática de Derecho penal Universitat de València

DOI:

https://doi.org/10.36151/td.2019.019

Palabras clave:

Periodo de seguridad, transferencia de competencias penitenciarias, discrecionalidad reglada

Resumen

Una vez conocida la gravedad de las penas de prisión impuestas a los condenados por la STS 4591/2019 de 14 de octubre y el rechazo al período de seguridad, se abre la incógnita de su forma de cumplimiento, en especial, las posibilidades de acceso a un régimen de semilibertad. Esta discusión requiere llevar a cabo un analisis de los requisitos legalmente previstos que tome en consideración la importancia que puede tener en su interpretación y aplicación la transferencia de competencias penitenciarias a Cataluña, dada la ubicación de las prisiones en las que se encuentran los penados. La ejecución de la pena debe ser individualizada: además de ser esta una exigencia derivada del mandato constitucional de reinserción social, no tiene por qué ser arbitraria ni vulnerar la seguridad jurídica, siempre que las decisiones penitenciarias se ajusten al marco legal de discrecionalidad, estén suficientemente motivadas y sometidas al control judicial

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Publicado

22-12-2019

Cómo citar

Cervelló Donderis, V. (2019). La instrumentalización del cumplimiento de la pena de prisión. Teoría & Derecho. Revista De Pensamiento jurídico, (26), 151–174. https://doi.org/10.36151/td.2019.019