La competencia del Tribunal Supremo para conocer de la causa especial de «el Procés»
DOI:
https://doi.org/10.36151/td.2019.023Palabras clave:
Tribunal competente, aforamiento, conexidad procesal, juez legalResumen
La asunción por el TS del conocimiento de la causa especial de «el procés» ha sido el resultado de una conjunción de factores. De un lado, la competencia para conocer de la querella interpuesta contra la presidenta del Parlament y otros miembros del mismo resulta de su condición de aforados (en cuanto miembros de la Diputación Permanente), unido a que los hechos que se les atribuyen han sido ejecutados parcialmente fuera del territorio de la Comunidad Autónoma (art. 57.2 del Estatuto de Autonomía de Cataluña). De otro lado, la competencia para conocer del proceso pendiente ante la Audiencia Nacional contra los miembros del Consell de Govern -cesados por la aplicación del art. 155 CE y carentes por ello de aforamiento- se basa en la conexión inescindible entre los hechos atribuidos a estos últimos y los atribuidos a los aforados en la causa especial, lo que ha determinado la investigación y el enjuiciamiento conjunto de los hechos