LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y SEXUAL SPEECH
DOI:
https://doi.org/10.36151/td.2022.043Palabras clave:
Discurso sexual, libertad de expresión, pornografía, censura, derechos de las mujeres, protección de la juventud y de la infanciaResumen
Desde finales del siglo XX, y especialmente en lo que llevamos de este, se ha planteado un intenso debate jurídico acerca de si existe un derecho a acceder a la pornografía y sobre si los materiales pornográficos son suficientemente «dañinos» como para justificar su regulación legal. En su forma predominante, el porno refuerza la desigualdad y el sometimiento de las mujeres, toda vez que promueve y legitima las aproximaciones machistas al sexo. Ahora bien, su prohibición simple y llana provocaría una espiral de censuras y cancelaciones que difícilmente podría soportar una sociedad democrática. Quienes desean luchar contra aquellos efectos perversos, no deberían confiar en la magia de la prohibición, sino centrarse en perfilar los límites, ya ensayados en el campo de la crítica política o la sátira. Cualquier otra vía crearía la ilusión de un consenso falso —el que se genera en el silencio de la censura—, lo que, como ya advirtiera John Milton, no ha conducido nunca a la verdad.
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