Una teoría asimétrica de las obligaciones positivas de protección penal derivadas de los derechos fundamentales
DOI:
https://doi.org/10.36151/TD.2025.123Palabras clave:
Derechos fundamentales, obligaciones positivas, derecho penal, principio de proporcionalidadResumen
Varios tribunales constitucionales e internacionales han declarado que de los derechos fundamentales se derivan para el Estado obligaciones de protegerlos penalmente, conminando con penas las conductas que los lesionen gravemente, investigando estas conductas, persiguiendo a los culpables y castigándolos. En el presente trabajo se examinan las críticas de que ha sido objeto esta jurisprudencia, se ponen de manifiesto las razones que justifican la existencia de los derechos fundamentales a la protección penal y se advierte que entre ellos y los derechos fundamentales que los ciudadanos tienen frente al ejercicio por parte del Estado de su ius puniendi existen algunas asimetrías, relativas a: la necesidad de su salvaguarda constitucional; la deferencia que los tribunales deberían mostrar a la hora de enjuiciar si se han respetado tales derechos; la obligación de observar ciertas garantías formales para limitarlos; y las consecuencias jurídicas de su vulneración.
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